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BASES

REGLAMENTO DE LAS SALAS MUNICIPALES DE EXPOSICIÓNES     
                     DEL AYUNTAMIENTO DE MARACENA.


1. ESPACIOS MUNICIPALES DESTINADOS A EXPOSICIONES ARTÍSTICAS:
   1A.) SALA DE EXPOSICIONES DEL AYUNTAMIENTO DE MARACENA.
           C/  Fundación Rojas,1 - Planta Baja. 18200 Maracena Granada.
   1B.) SALA DE EXPOSICIONES DE LA CASA DE LA CULTURA.
           C/ Horno,17 - 2ª Planta 18200 Maracena Granada.


2. DENOMINACIÓN Y DEFINICIÓN DE LOS ESPACIOS:
   2A.) SALA DE EXPOSICIONES DEL AYUNTAMIENTO DE MARACENA
Estará destinada a la programación de exposiciones de artistas de un alto nivel de calidad - a juicio de la Comisión Asesora -, y de reconocido prestigio, así como a las exhibiciones de otras muestras singulares de especial interés cultural.
   2B.) SALA DE EXPOSICIONES DE LA CASA DE LA CULTURA
Estará destinada a la exhibición de obras de artistas de larga trayectoria como de artistas emergentes, con un suficiente nivel de calidad, - a juicio de la Comisión Asesora -. También servirá como espacio expositivo para los trabajos desarrollados en los Talleres de la Casa de la Cultura, por orden de solicitud.


3. SISTEMAS DE ACCESO Y PROGRAMACIÓN:
   3A.) Se reconocen dos vías para poder acceder a la posibilidad de realizar una exposición:
      3A. 1. presentación por el artista de una SOLICITUD (Anexo I)
      3A. 2. presentación de una PROPUESTA por parte de los responsables de la programación (miembros de la Comisión Asesora para la Sala de Exposiciones).
   3B.) Para la programación de la Sala de Exposiciones del Ayuntamiento de Maracena se examinarán las SOLICITUDES y las PROPUESTAS presentadas para esta Sala realizándose una selección por parte de la Comisión Asesora.
     

4. SISTEMAS DE PROGRAMACIÓN DE LAS SALAS:
   4A.) SALA DE EXPOSICIONES DEL AYUNTAMIENTO DE MARACENA:
      4A. 1. Se programará anualmente ( en el segundo trimestre de cada año para la siguiente temporada de exposiciones, que comienza en Octubre del mismo año y finaliza en Junio-Julio del año siguiente ) mediante la selección realizada por la Comisión Asesora.
Esta selección se regirá, ante todo por criterios artísticos y nivel de repercusión de las Exposiciones para el Ayuntamiento de Maracena, y se realizará mediante las propuestas que los miembros de la Comisión Asesora aporten y las solicitudes que hayan podido presentarse para las 2 Salas.
Las exposiciones siempre se regirán bajo el orden más adecuado para una programación coherente, a criterio de la Concejalía de Cultura y de la Comisión Asesora y acordando las fechas y otros pormenores con los artistas. La programación se hará firme previa conformidad de la Concejalía de Cultura
      4A. 2. Las solicitudes y propuestas descartadas para la programación de la Sala de Exposiciones del Ayuntamiento de Maracena pasarán a engrosar el conjunto de solicitudes y propuestas de la Sala de Exposiciones de la Casa de Cultura, a no ser que el propio artista hubiera renunciado a ello expresamente en su solicitud manifestando su preferencia para ser tenido en cuenta para la siguiente programación anual de la Sala de Exposiciones del Ayuntamiento de Maracena.


5. LAS SOLICITUDES:
   5A.) Las solicitudes se realizarán previamente. por medio de esta web, cumplimentando adecuadamente el formulario-modelo (Anexo I) y enviandolo a Esta dirección de correo electrónico está protegida contra robots de spam. Necesitas activar JavaScript para poder verla , o llegandose a Maracena, a la Casa de Cultura C/ Horno,17 - 2ª Planta, Taller 31, con toda la documentación que sea posible ( curriculum artístico, dossier o conjunto de fotografías, ejemplares de catálogos de anteriores exposiciones, dossier de prensa y crítica, etc. ).
   5B.) A partir de la presentación de la solicitud, con un mínimo de seis meses de antelación, pasará a formar parte de la siguiente programación anual que se realiza por la Comisión Asesora en el segundo trimestre de cada año para la siguiente temporada de exposiciones, que comienza en Octubre del mismo año y finaliza en Junio del año siguiente.
Excepcionalmente, entraría a formar parte de la temporada en que se presente la solicitud, si hubiera fecha y espacio expositivo libre en la misma.   
   5C.) Las solicitudes tienen una validez de dos años naturales de programación, por lo que podrán ser tenidas en cuenta en la programación de dos ejercicios seguidos. Concluidos éstos sin que la solicitud haya sido incluida, el interesado deberá presentar una nueva solicitud, si lo desea.
   5D.) Es imprescindible indicar en la solicitud las preferencias en relación a la sala, el año y el mes -o semanas- en que se desea realizar la exposición, con la mayor flexibilidad posible,  teniendo en cuenta la claúsula 5B. de este apartado, y aceptando por parte del expositor, que sólo tendrán valor orientativo estas preferencias, para la Comisión Asesora.
   5E.) Una vez, decidida la fecha, por la Comisión Asesora, se fijará la misma, una vez comunicada y de acuerdo con el expositor, antes de pasar a la programación definitiva, aprobada anualmente.
   5F.) Una vez acordada definitivamente la fecha de Exposición, por ambas partes, se firmará un contrato  ( Anexo II: CONTRATO DE EXPOSICIÓN DE ARTES PLÁSTICAS ) que obliga a las dos partes a su cumplimiento. Si el expositor, decidiera no realizar la Exposición concertada, deberá comunicarlo a la Concejalía de Cultura, con tres meses de antelación. Si no se cumpliesen todos los requisitos exigidos, el Ayuntamiento de Maracena, tiene la facultad de ejecutar las acciones legales que estime oportunas, en contra del expositor, por incumplimiento de contrato.       


6. LAS CONDICIONES DE LA EXPOSICIÓN:
 6A. SEGURIDAD Y VIGILANCIA:
      6A.1. Las salas cuentan con sistema de alarma, conectado a la central y a la Policía Municipal, que se encuentra activo durante las horas en que el centro permanece cerrado. Durante los horarios de exhibición, sólo permanecerá abierta si se encuentra en la sala personal responsable de la misma, un colaborador u otro personal del centro, o el propio artista o persona en quien delegue.
     6A.2. Como norma, no se contratará ningún vigilante. De forma excepcional se estudiará su posibilidad si el artista lo exigiese, pero sólo para la Sala de Exposiciones y siempre que la Concejalía lo encontrase viable económicamente para el Ayuntamiento. En este caso, el conjunto de acuerdos a fijar con el artista procurará las necesarias compensaciones.
 6B. SEGUROS:
     6B.1. Como norma, no se contratará ninguna póliza de seguro específica, sino que se cubrirá con la existente en cada una de las Salas.
  6C. TRANSPORTES Y MONTAJES-DESMONTAJES:
    6C.1. Como norma, los transportes corren de cuenta del artista. De forma excepcional se estudiará otra posibilidad si el artista lo exigiese, y siempre que la Concejalía lo encontrase viable económicamente para el Ayuntamiento. En este caso, el conjunto de acuerdos a fijar con el artista procurará las necesarias compensaciones.
   6C.2. Los montajes y desmontajes se llevarán a cabo bajo la dirección del artista, y del Comisario de exposiciones municipal, si el artista así lo desea, y se realizarán con la colaboración del artista y/o persona/s en quien/es delegue y del personal del centro.
 6D. ACTO INAUGURAL Y VINO DE HONOR:
    6D.1. Como norma, los gastos de la inauguración y, en particular, los del “vino de honor” correrán por cuenta del Ayuntamiento de Maracena, y si el expositor quiere ampliar el contenido del ágape, correrá de su cuenta, previo aviso a la Concejalía de Cultura. De forma excepcional se estudiará otra posibilidad, y siempre que la Concejalía lo encontrase viable económicamente para el Ayuntamiento.
 6E. CATÁLOGOS Y OTRA PROPAGANDA:
      6E.1. El Ayuntamiento editará a su cargo 300 catálogos para cada una de las muestras de las Salas de Exposiciones, 50 de los cuales serán entregados gratuitamente al artista, siendo el resto para su envío por correo por parte del Ayuntamiento a todos los medios de comunicación, tanto audiovisuales como escritos, a los destinatarios incluidos en el protocolo del centro y para poner los demás al alcance de los visitantes de la exposición.
     6E.2. El catálogo-tipo consta de: Existe una maqueta del catálogo-tipo para cada una de las salas, con diseño básico, que servirá de modelo para todas las ediciones.
     6E.3. El artista, desde esta web, podrá diseñar el interior del catálogo, o dejar por completo este menester en manos de los servicios culturales municipales y el impresor, que lo realizarán, en base al catálogo-tipo con el que se cuenta.
     6E.4. Si el artista desease alterar, ampliar o mejorar sustancialmente el catálogo, siempre respetando el formato del catálogo-tipo, de forma que el precio excediese del contratado por el Ayuntamiento, se obligará a abonar por parte del expositor, al impresor la diferencia. Para ello podrá contar con su propia aportación y también con la de entidades o firmas colaboradoras, previo acuerdo con la Concejalía de Cultura.
     6E.5. También el propio Ayuntamiento podrá, si así lo estima oportuno, alterar en el mismo sentido el catálogo, sin alterar sin embargo el importe a aportar por él, si decidiese dedicar a ello algún patrocinio o colaboración externa con que pudiese
contar, o acordase con otros Ayuntamientos o entidades compartir gastos o dar carácter “itinerante” a la muestra.
     6E.6. Así mismo, el artista podrá costear a su cargo cualquier otro tipo de publicación impresa, siempre complementaria a la establecida, encargándolo al mismo o a cualquier otro impresor, con previo acuerdo y autorización de la Concejalía de Cultura.
     6E.7. En todo caso, se tendrán en cuenta y se plasmarán en la confección de cualquier tipo de publicación las instrucciones de la Concejalía de Cultura para lo relativo a la inserción de logotipos del Ayuntamiento y de la Casa de Cultura así como otros de firmas colaboradoras.
 6F. CARTELAS Y/O LISTADOS DE OBRAS:
    6F.1. Las cartelas, llevarán título, fecha, medidas, técnica, y número de orden, en su caso, se colocarán con un sistema de adherencia que no dañe las paredes de las Salas una vez sean retiradas. En todo caso, para su instalación se contará con la conformidad del Comisario de exposiciones.
    6F.2. Los listados de obras llevarán los mismos datos que se citan para las cartelas.
    6F.3. Así mismo se podrá realizar una lista de precios, en caso de que el artista estime oportuna la venta de sus obras.
 6G. DONACIÓN DE OBRA POR COMPENSACIÓN:
    6G.1. Como norma, terminado el periodo de exposición, el artista donará al Ayuntamiento de Maracena una obra de las exhibidas.
    6G.2. Cuando se trate de una exposición colectiva (dos o más autores), la obra a donar será de cualquiera de los autores y se decidirá entre los mismos, o por sorteo.
    6G. 3. En todo caso, resuelto el trámite de la donación -que siempre se procurará realizar por procedimiento negociado, se firmará un documento que dará fe de la donación (Anexo III).
 6H. OTRAS CONDICIONES:
    6H.1. Un artista sólo podrá volver a exponer en cualquiera de las 2 Salas después de dos años desde su última exposición.
    6H.2. No se podrá alterar, ni en fecha, ni en contenido, la composición de la muestra durante el periodo de exposición.
  

7. COMISIÓN ASESORA:
 7A. La Comisión Asesora para la programación de la Sala de Exposiciones estará compuesta por tres artistas plásticos, el Comisario de exposiciones y el Técnico Cultural municipal, cuya propuesta de programación, deberá ser ratificada por el Concejal de Cultura.


8. DOCUMENTO DE COMPROMISO:
 8A. El artista, una vez le sea comunicada por el Ayuntamiento la inclusión de su exposición en la programación del año correspondiente, suscribirá el documento de compromiso ( Anexo II: CONTRATO DE EXPOSICIÓN DE ARTES PLÁSTICAS ) aceptando este Reglamento y los compromisos y aspectos particulares que figuran en él.

 

9. OTRAS CONSIDERACIONES:
  9A. La interpretación de las presentes normas y la resolución de aspectos no tratados en este documento, corresponderán a la Concejalía de Cultura.
  9B. El Ayuntamiento podrá, mediante el correspondiente acuerdo, modificar o ampliar la presente normativa si ello se estimara necesario para el mejor funcionamiento del servicio que se pretende regular.
    


                                        CONCEJALÍA DE CULTURA
                                 DEPARTAMENTO DE EXPOSICIONES

Sala de Exposiciones del Ayuntamiento de Maracena

Este viernes día 4 de Diciembre, a las 20:00 h., en la Sala de Exposiciones del Ayuntamiento de Maracena, queda invitado a la inauguración de una exposición de Esculturas, de JOSE LUIS PEREZ CÁCERES, escultor sevillano, que guarda cierta relación con nuestra ciudad al ser consorte de una maracenera.La obra de JOSE LUIS PEREZ CÁCERES, en su mayoría está realizada en madera, lo cual tiene su aliciente al trabajar con materiales nobles y primigenios en su especialidad, la Escultura. Esperamos su asistencia a esta inauguración, y le recordamos que esta es otra nueva apuesta de diversidad expositiva, de la Concejalía de Cultura, en su programación anual de Exposiciones. La exposición estará abierta, de Lunes a Viernes, de 19:00 h. a 21:00 h., en la  Sala de Exposiciones del Ayuntamiento de Maracena, hasta el Miércoles día 23 de Diciembre de 2009.